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Nueva normalidad, viejo problema.

Análisis de la violencia contra mujeres y niñas a la luz de la pandemia



Por: Pamela Teutli Elizondo

Licenciada en Derecho por la Facultad Libre de Derecho de Monterrey (FLDM); Maestra en Sociología Jurídica por el Instituto Internacional de Sociología Jurídica de Oñati; Consultora en temas de violencia de género y acceso a la justicia en Fortis Consultoría y profesora de la Facultad Libre de Derecho de Monterrey.

La historia ha demostrado cómo los conflictos armados, los desastres naturales y las emergencias humanitarias ponen a las mujeres y niñas en un mayor riesgo frente a los hombres. La razón es la discriminación histórica, sistemática y estructural a las que nos enfrentamos debido a patrones heteropatriarcales y machistas que nos han colocado en una situación de desventaja.

El marco de la pandemia causado por la COVID-19 no ha sido la excepción. Hay diversas formas de analizar la discriminación a la que nos hemos enfrentado durante la pandemia: la violencia es, por mucho, la máxima expresión de esta discriminación y es fundamental destacar que no es un fenómeno nuevo que se haya desarrollado a la luz de la cuarentena. Por ello, es importante entender sus raíces antes de la pandemia, así como sus consecuencias posteriores, con el fin de encontrar soluciones efectivas que contribuyan a la eliminación de esta problemática.

Primero es importante definir la violencia contra mujeres y niñas. De acuerdo con la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV) esta implica “cualquier acción u omisión, basada en su género, que les cause daño o sufrimiento psicológico, físico, patrimonial, económico, sexual o la muerte tanto en el ámbito privado como en el público”[1].

Esta definición resulta sumamente útil por tres aspectos. En primer lugar, por reconocer que la causa de esta violencia es un componente de género, es decir que la razón de la violencia, de manera directa o indirecta, proviene de una discriminación contra las mujeres y niñas. En segundo lugar, se reconocen los diversos tipos en que se puede ejercer (psicológica, física, patrimonial, económica y sexual). En tercer lugar, se establecen los tipos en los que se pueden ejercer la violencia, no solo en el ámbito público, sino también privado.

Los tipos y formas permiten comprender cómo la violencia contra mujeres es un problema complejo, que se desenvuelve en diversos espacios y de distintas maneras, siendo el punto más extremo, el feminicidio. Es decir, el asesinato de toda mujer por el hecho de ser mujer. Si bien este tiene diversas causales que se concentran en los Códigos penales de cada entidad, es importante hacer una mención específica a los feminicidios íntimos, es decir los que son cometidos por un familiar, pareja o ex pareja de la víctima.

Los feminicidios íntimos son relevantes no sólo porque su ocurrencia es de las más altas, sino también por su posibilidad de prevención. De acuerdo con la investigación Patrones y tendencias de los homicidios en México, en 4 de cada 10 casos de asesinatos violentos de mujeres, el feminicida es la pareja o ex pareja de la víctima[2], en un contexto donde diariamente entre 9 y 11 mujeres son asesinadas por el hecho de ser mujeres.

El hecho de que el feminicida sea una persona cercana a la víctima implica, en la mayoría de los casos, antecedentes de violencia familiar, uno de los delitos de alta concurrencia en México. Esto quiere decir que cada caso de violencia familiar de los cuales el estado tiene conocimiento es un posible feminicidio íntimo a prevenir. Si se tiene en cuenta que en 2019 se iniciaron 210 mil 158 carpetas a nivel nacional por violencia familiar, se puede determinar que el rol de la prevención no es algo menor[3].


¿Qué ha pasado con este patrón durante el confinamiento? Si el lugar más peligroso de una mujer que sufre violencia familiar es su propio hogar, durante la cuarentena se les obliga a estar en constante contacto con su agresor, y una medida adoptada inicialmente para proteger su salud, se traduce en un peligro a su propia vida. En este contexto, desde marzo fue posible notar un incremento no sólo en la incidencia delictiva de agresión familiar, sino también en los llamados de emergencia al 911 por violencia de género6.

En cuanto a la incidencia, en marzo se reportó el número más alto desde 2015 de carpetas de investigación iniciadas con 20 mil 504 casos a nivel nacional. Esta tendencia se ha mantenido en los últimos meses hasta junio de este año, donde se reportaron 19 mil 596. Por otro lado, en marzo se registraron 26 mil 171 llamadas de emergencia relacionadas con incidentes de violencia contra la mujer.

Esto quiere decir que durante ese mes hubo aproximadamente 36 llamadas cada hora6.

Además, a partir del confinamiento los feminicidios íntimos no han disminuido y al contrario, hemos presenciado más asesinatos de mujeres en sus propios hogares o algunas por parte de sus parejas. Aunado a ello, la violencia en los espacios públicos tampoco ha disminuido.

Es importante destacar que la violencia contra mujeres y niñas no se desarrolló a partir del aislamiento, ni terminará una vez que este concluya. La pandemia sólo ha hecho más evidente y preocupante una problemática que lleva años desarrollándose en México. No sólo por los riesgos que ha implicado quedarse en casa para las mujeres sino también por las deficiencias del Estado al garantizar su seguridad.

La pandemia también ha causado un sinnúmero de afectaciones actuales y a largo plazo a las que nos veremos enfrentadas, como el trabajo de cuidados no remunerados. Cuando los sistemas de salud se sobrecargan, la atención en el hogar se vuelve más relevante.

Esta atención es principalmente asumida por las mujeres. En México asumen en promedio 39 horas semanales de trabajo de cuidado no remunerado, el triple de horas en comparación con los hombres[4]. Esto se suma a las labores del hogar y cuidado de hijas e hijos durante el confinamiento, las cuales tampoco son retribuidas.

En relación al trabajo remunerado, de acuerdo con la encuesta ECOVID-ML del INEGI, la pérdida del empleo causado por la crisis económica ha tenido una mayor afectación en las mujeres, pues la tasa de desempleo fue casi el doble que la de los hombres[5], sin considerar el trabajo informal al que muchas están sujetas y que debido a ello se tienen que exponer de manera diaria para mantener un mínimo ingreso seguro.

Esto indica que las discriminaciones sociales y las agresiones contra mujeres y niñas no cesarán junto con la pandemia y que las posibles soluciones pre, durante y post no son tan diversas.

La cuarentena sólo ha remarcado la deuda histórica que tiene el Estado mexicano de proteger a sus mujeres. Iniciativas como la Alerta de Género y el incremento de penas por delitos como el feminicidio y la violación han hecho de poco a nada por atender esta problemática.

Si bien las soluciones se pueden analizar desde los diversos niveles de las políticas públicas, en este momento en específico haré referencia a aquellos casos donde la víctima tiene algún contacto con el sistema de justicia penal acusatorio, pues es aquí donde rescato la idea de que todo feminicidio íntimo puede ser prevenido si la violencia se atiende a tiempo.


Acciones que no requieren un aumento exponencial del presupuesto público, mayor uso de recursos humanos o materiales, ni reformas legislativas estructurales, pueden marcar verdaderos impactos para estas víctimas. Apostemos por la correcta aplicación de las soluciones que nuestro sistema ya permite aplicar: las órdenes y medidas de protección; la evaluación de riesgo; el asegurar un acompañamiento constante a las víctimas durante su proceso; así como la garantía de verdaderos procesos de reinserción y terapia que permitan atender al agresor para deconstruir patrones de conductas violentas.


Estas soluciones no son una novedad y sólo serán verdaderamente materializadas en la medida en que todas y todos nosotros, no sólo funcionarios o funcionarias públicos, podamos atender esta problemática desde una perspectiva de género, comprendiendo que estos no son casos aislados, que no se acaban de generar y que no se justifican bajo los efectos del encierro. Es momento de atender este viejo problema en la “nueva normalidad”. No podemos seguir permitiendo que la cotidianidad de estos casos normalice la violencia que mujeres y niñas vivimos a diario.


 

Ilustraciones: Freepick, rawpixel


Referencias [1] Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (2011). Artículo V, F.IV. [2] INEGI (2019). Patrones y tendencias de los homicidios en México. En Números. Documentos de análisis y estadísticas. No. 15. Disponible en: https://www.inegi.org.mx/contenido/productos/prod_serv/contenidos/espanol/bvinegi/productos/nueva_estruc/702825188436.pdf [3] Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Información sobre Violencia contra las Mujeres. Incidencia delictiva y llamadas de emergencia 9-1-1. Centro Nacional de Información. 31 de Marzo 2020. Disponible en línea: https://www.gob.mx/sesnsp/articulos/informacion-sobre-violencia-contra-las-mujeres-incidencia-delictiva-y-llamadas-de-emergencia-9-1-1-febrero-2019 [4] ÁVILA, C. (2020). Heroínas, las mujeres en el contexto de COVID-19: Trabajo de cuidados en tiempos de pandemia. Disponible en: https://mexico.unwomen.org/es/noticias-y-eventos/articulos/2020/06/heroinas-covid19/h2-trabajo-de-cuidados-en-tiempos-de-pandemia [5] INEGI.Encuesta Telefónica sobre COVID-19 y Mercado Laboral (ECOVID-ML). Disponible en: https://www.inegi.org.mx/investigacion/ecovidml/2020/

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